Garza & Associates
brinda a los visitantes temporales, trabajadores y sus familias los servicios que requieren para obtener el estatus legal, cambiar su estado actual o prolongar su estado en los Estados Unidos. Si se trata de asistencia para obtener el estatus de no inmigrante, cambiar o extender su estado actual, nuestros abogados brindan servicios y asesoran sobre la política de visas para los siguientes servicios de visas de no inmigrante:
H-1 B: Un profesional que posee un título de licenciatura o su equivalente con visas de no inmigrante, una oferta de trabajo que requiere el título puede calificar para el estado H-1B. El empleador de EE. UU. Debe enviar la documentación correspondiente a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) en los Estados Unidos.
Primero, el empleador debe obtener una Solicitud de Condición Laboral aprobada del Departamento de Trabajo. En esta solicitud, los empleadores dan fe de que pagarán al trabajador extranjero el salario apropiado ("salario prevaleciente") y que las condiciones de trabajo serán las mismas que las de otros trabajadores estadounidenses. Una vez que se aprueba la Solicitud de Condición Laboral, la solicitud H-1B se puede enviar al USCIS. Un empleado H-1B solo está autorizado a trabajar para el empleador que patrocina la solicitud.
El estado H-1B puede ser aprobado por hasta tres años, y puede extenderse por un total de seis años. Si se presenta una solicitud de residencia permanente al menos un año antes del final del sexto año, se pueden otorgar extensiones anuales adicionales. Los cónyuges y los hijos menores son elegibles para el estatus de dependiente H-4.